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blason

Envoyé par artero jean 
blason
14 February 2004, 10:47AM
bonjour a tous
j'ai reçu ce document sur les blasons
je le met a votre connaissance
a voir si quelqu'un peut en sortir quelque chose
moi mon espagnol n'est pas fameux.

jean Me permito recordarle el texto que, muy gentilmente, nuestro amigo Manuel Luís Ruiz de Bucesta y Álvarez nos comparte, proporcionado a él por su amigo el tratadista profesor Dámaso Manuel Ruiz de Clavijo y Fernández (q.e.p.d.), acerca de los usos de los símbolos heráldicos.

Les transmito esto porque una de las principales tentaciones de alguien que comienza a investigar sus orígenes, es hacerse de un "escudo familiar" y eso no es así como así y porque sí. Por favor, lean esto aunque es un poco extenso, para que no se dejen estafar por tanto "vende linajes" que abunda en Internet. Les adelanto que el uso de ESCUDO le corresponde apenas a un 2% de la población hispana (yo me había equivocado diciendo que a un 7.5%), por lo tanto la mayoría de nosotros estaríamos buceando en aguas desconocidas.

Para terminar mi prólogo, les dire que la Genealogía es una ciencia que, al contario que la Heráldica, incluye al 100% de los seres humanos, pues todos tenemos padres, abuelos, bisabuelos, etc. No nos quedemos dormidos en una fantasía de colores y pasemos a conocer nuestra verdadera HISTORIA FAMILIAR.


SOBRE USO DE ARMAS

Los blasones se adquirían de cuatro maneras, según la tradición y costumbres en armería desde la Edad Media:

- por concesión regia,
- por herencia,
- por conquista o ganadas en la guerra,
- por adopción propia, que no se consideran armas hasta que tienen la sanción regia o del Rey de Armas, mientras tanto es un dibujo sin valor heráldico o de armería, cuestión que ha sido discutida por el jurista Bartolo de Saxoferrato (1313-1359), autor de "Tractatus de insigniis et armis"winking smiley, el tratadista Mosén Diego de Valera, el Rey de Armas Pedro de Gracia Dei, el tratadista Ferrán de Mexía, Bernabé Moreno de Vargas, etc., el tratadista José de Aviles Marqués de Avilés, en las obras que escribieron y se publicaron.

Es decir, el Rey otorgaba un blasón a Juan Pérez y a sus descendientes, NO A TODOS LAS PERSONAS DE APELLIDO PÉREZ en aquella época y siguientes.

Por lo tanto, el escudo o blasón es de los descendientes del linaje de la persona que había obtenido la distinción. Los descendientes utilizaban el blasón en el lugar que les correspondía en el campo del escudo, cuando lo combinaban con otras armerías.

PARA AVERIGUAR SI UNA PERSONA TIENE DERECHO A USAR UN BLASÓN, DEBE REALIZAR UNA INVESTIGACIÓN GENEALÓGICA, lo mismo que para un título nobiliario, hasta enlazar FEHACIENTEMENTE con el antepasado que usó el blasón. Las personas que ganaban pleito de hidalguía normalmente se le adjudicaba un blasón que figuraba dibujado en el propio documento, sobre todo a partir de una época del reinado de Felipe II. La mayor parte de la documentación relativa a la concesión y registro de los blasones se conserva en la Biblioteca Nacional de Madrid, Sección de Manuscritos, en los llamados minutarios de los reyes de armas.

No se ha publicado ningún libro con los miles de escudos o blasones que figuran recogidos en los minutarios de los reyes de armas, pues es una labor que duraría muchos años, y que como es de derecho, PARA USARLOS HAY QUE DEMOSTRAR EL CORRESPONDIENTE ENTRONQUE AUTÉNTICO CON EL PRIMER CONCESIONARIO DEL BLASÓN.
Existen libros publicados recogiendo muchísimos blasones, pero HAY QUE DEMOSTRAR EL DESCENDER FEHACIENTEMENTE para poder usarlos en buena armería.

El TENER BLASÓN NO ERA PRUEBA DE NOBLEZA, con excepción de Navarra, en España. El blasón es la expresión artística del linaje, en el que sus descendientes por línea de varón (y también por hembra) han podido cambiar o mantener el apellido, y por lo tanto le acompaña; es otra forma de expresar, identificar y diferenciar a un linaje.

Los apellidos, están considerados por algunos dentro de la onomástica, y definidos en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (1) como:

- "APELLIDO.-(De apellidar.)m. Nombre de familia con que se distinguen las personas; como Córdoba, Fernández, Guzmán.", pero teniendo en cuenta que la definición de la familia es:

- "FAMILIA.-(Del latín familia.) f. Grupo de personas emparentadas entre sí que viven juntas bajo la autoridad de una de ellas, y también su acepción 3.:
Conjunto de ascendientes, descendientes, colaterales y afines de un linaje". Pero también hay que tener en cuenta la definición de linaje:

- "LINAJE.-(Del prov. linatge, y este del latín lineaticum, de línea.)m. Ascendencia o descendencia de cualquier familia."

Los apellidos no se fijan en España hasta la entrada en vigor de la Ley de Registro Civil el 1 de enero de 1871, y a partir de la aplicación de esta Ley, se ha empleado para el primer apellido de los hijos el primer apellido del padre y para el segundo apellido del hijo el primer apellido de la madre.

Es decir, desde la Edad Media las personas podían tener distinto primer apellido que su padre y madre, incluso los hermanos podían tener entre ellos el primer apellido diferente, pero lo que mantenían era el blasón en primer lugar si lo utilizaban combinado con otras armerías (en algunos casos con unas determinadas diferencias, las brisuras) como identificador del linaje y sus miembros. Los descendientes de Casa Solar o Solar, usaban todos las mismas armas heráldicas, pero pueden tener o no diferentes apellidos, pero también llegaron a introducir marcas de diferencias o brisuras, sobre todo en Navarra, donde una Casa Solar que procedía de otra Casa Infanzona Cabo de Armería, añadía brisura en su blasón para diferenciarse de la originaria.

Existen casos, en que los hermanos tienen cada uno armas heráldicas diferentes y también apellidos, pero normalmente en estos casos las armas heráldicas quedaban fijadas en los descendientes de su linaje o prole.

En los repertorios, manuscritos, recogimientos, colecciones de blasones, etc., o bien en impresos antiguos o modernos, se encuentran casos de distintos apellidos que tienen el mismo blasón, pero esto no quiere decir que tengan un linaje común u origen común genealógico. También se encuentran casos de un apellido que coincide con distintos blasones, lo cual no indica que estos apellidos pertenezcan a un mismo linaje y origen común.

La institución del mayorazgo. (De mayoradgo). La define el Diccionario de la Real Academia de la Lengua en su primera acepción como:

1. m. Institución del derecho civil, que por las leyes desvinculadoras del siglo XIX quedó circunscrita en España a títulos y derechos honoríficos, y que tiene por objeto perpetuar en la familia la propiedad de ciertos bienes con arreglo a las condiciones que se dicten al establecerla, o, a falta de ellas, a las prescritas por la ley.

Se distinguen dos tipos de mayorazgos: los mayorazgos de licencia real (artículos 27, 40 a 46 para fundar sobre la parte legítima) que los fundaba la alta nobleza, y los mayorazgos cortos (artículos 27, 42 y 43 para fundar sobre el tercio de mejora en favor de hijos o descendientes o sobre el quinto libre, o sobre la totalidad de la herencia , cuando no hay descendientes legítimos) que no precisaban la licencia del Rey y que los fundaba la burguesía.

Además, los mayorazgos se constituian por "acto intervivos": escritura de fundación, contrato o bien, "mortis causa", es decir, testamento.

Es decir, el que instituía el mayorazgo (o vínculo), es decir, el fundador, imponía condiciones a los pretendientes a heredar para poder disfrutar de los bienes vinculados y cuya finalidad era perpetuar la memoria del fundador, su apellido o su blasón o bien su apellido y blasón. Otros tipos de vínculos eran las capellanías, fundaciones, obras pías, etc.

Estas condiciones podían ser: imposición de armas heráldicas, apellido o bien armas heráldicas y apellido para poder heredar, dejando de utilizar el propio de varonía o cualquier otro, es decir, que nos podemos encontrar con casos de personas que para poder heredar los bienes del vínculo o mayorazgo abandonaron su blasón de varonía y usaron el impuesto como condición para poder heredar, manteniendo el apellido de varonía de su padre, quedando fijado de esta manera en su prole, pero teniendo en cuenta que se podía volver a repetir el caso, hasta que las leyes desvinculadoras del siglo XIX abolieron los vínculos y mayorazgos.

También nos podemos encontrar con casos de personas que para poder heredar los bienes del vínculo o mayorazgo, abandonaron su apellido de varonía y usaron el impuesto como condición para poder heredar, manteniendo el blasón que utilizaba su padre en primer lugar, quedando fijado de esta manera en su prole, y como se ha dicho antes, teniendo en cuenta que se podía volver a repetir el caso, hasta que las leyes desvinculadoras del siglo XIX abolieron los vínculos y mayorazgos.

En otros casos, nos podemos encontrar con personas que para poder heredar los bienes del vínculo o mayorazgo, abandonaron el blasón y apellido que utilizaban en primer lugar igualmente que su padre y usaron el impuesto como condición para heredar, quedando fijado de esta manera en su persona y prole, y tal como se ha dicho en casos anteriores, podía en estos volver a repetirse el hecho para poder heredar nuevamente, hasta que las leyes desvinculadoras del siglo XIX abolieron los vínculos y mayorazgos.

Además, nos podemos encontrar con el caso de alguna persona, que para heredar varios vínculos o mayorazgos durante su vida, que tengan imposición de apellido, apellido o blasón y blasón, abandonara el apellido y blasón que utilizaba en primer lugar igualmente que su padre y usara el impuesto como condición para heredar, cambiando varias veces durante su vida de apellidos y blasón.

Son varios los casos que encontramos respecto al uso de apellido y blasón en la serie de descendientes en un linaje de un genearca ("cabeza principal de un linaje"winking smiley o fundador del vínculo o mayorazgo, tal como se ha expuesto.

Con la promulgación de la supresión de vínculos y mayorazgos, es decir, las leyes desvinculadoras, en 1810 por las Cortes de Cádiz y sobre todo a partir de la Constitución de 1834, y su aplicación, con la supresión de vínculos y mayorazgos en 1841, los bienes dejaron de ser inalienables y pudieron venderse, dejaron de pleitearse estas herencias condicionadas, apareciendo una legislación, como el Código Civil, etc.

Todo ello contribuyó, entre otros factores, a que muchas familias desde finales de la Edad Media impusiesen a sus hijos como primer apellido el primer apellido del padre (o de la madre o cualquier otro que pudiese cumplir condición para heredar un vínculo), es decir, que se fijase el apellido primero paterno como primer apellido para cada uno de los hijos e hijas, generalizándose esta costumbre, aunque en zonas próximas a Portugal, se utilizase en primer lugar el primer apellido de la madre, por lo que al entrar en vigor la Ley de Registro Civil el 1 de enero de 1870, se legislaba consagrando un uso generalizado en la sociedad.

Se introdujo el uso del blasón en la sigilografía en la Edad Media para expresar más fehacientemente la identidad del sigilante o propietario y usuario del sello, que al "aponer" en el documento (acompañado o no de la firma) se comprometía mucho más jurídicamente ante los demás documentada y selladamente.

El utilizar unas armas heráldicas de otro linaje es usurpar armas, como sería usurpar una firma, ya que el propio Alfonso X el Sabio en el código de las Siete Partidas dice que el sello es para "firmar".

Antiguamente, los joyeros, escultores, pintores, reposteros y tapiceros, etc., para hacer un sello de anillo o de cualquier otro tipo, o para pintar un cuadro donde figurase el blasón, etc., se presentaba la correspondiente Certificación de Armas o Privilegio o Carta Ejecutoria o Real Provisión, y en el caso contrario no habrían ningún sello ni pintaban armas.

Teniendo en cuenta la proporción de hidalgos en otras épocas en España, la media aplicable a la actualidad, según cálculos aproximados, sería de un 2% de media de la población española la que podría tener derecho (demostrándolo fehacientemente) a blasón.

Es decir, había localidades y las hay en la que nunca hubo personas con blasón ni eran hidalgos; en otros

casos, había localidades donde todos eran hidalgos, y en otras localidades había hidalgos y pecheros; pero también había localidades donde había hidalgos con escudos de armas y otros no, además de haber o no pecheros. Hay que tener en cuenta que el REY DE ARMAS.-(Del lat. rex, regis) es el "Caballero que en las cortes de la Edad Media tenía el cargo de transmitir mensajes de importancia, ordenar las grandes ceremonias y llevar los registros de la nobleza de la nación.

2. Sujeto que tiene cargo y oficio de conocer y ordenar los blasones de las familias nobles", (DRALE),

desde la Edad Media en los Reinos Hispánicos hasta la actualidad ha ejercido casi sin interrupción su cargo y oficio.

D. Vicente de Cadenas es el Cronista Rey de Armas y extiende las
correspondientes certificaciones, incluso para el caso de armas de adopción, que al quedar registradas por su acción y trámite legal en el Ministerio de Justicia en España, quedan totalmente dispuestas para su uso.

Espero que les sea de utilidad.
Re: blason
19 February 2004, 05:28AM
JEAN :
MUY BUENA TU INVESTIGACION, MUY INTERESANTE POR SOBRE TODO EL % DE PERSONAS, A QUIENES LES CORRESPONDE EL BLASON DE LA FAMILIA.
ES VERDAD SIGAMOS BUSCANDO LOS APELLIDOS.

FELICITACIONES

GUILLERMO
Re: blason
23 March 2004, 18:24PM
Un grand bravo JEAN !
Ce sont de très belles pages d'histoire ,d"héraldique et d'onomastique espagnole que je viens d'imprimer.
C'est un régal et surtout,il est vrai de penser et de dire que pour l'instant ces beaux "escudos"que l'on ne peut pas s'approprier,nous aident à pousser les investigations le plus loin possible dans la recherche de nos 'Antepassados'.
Pour ma part,j'ai le regard fixé sur les hidalgos car ils possèdent les fiches paroissiales et les documents généalogiques de leurs lignées.
Je suis entré (par le web)à la Chancileria De Valladolid et j'ai vu los Pleitos de Hidalguia,mais il m'a été impossible d'y accéder.
Vue la référence à l'hidalguia donnée par Vicente De Cadénas y Vicent ,au sujet des blasons n° 7 & 8, j'ai fait un E-mail au Président de l'Association Internationale des Hijosdalgo y Nobles ,lui demandant s'il était possible de savoir s'il existait le nom Artero dans leurs "expedientes de Hidalguia".
Bien entendu je ne me fais pas trop d'illusion,mais j'attend toujours.
A mon avis c'est aussi une piste à ne pas négliger.
Et maintenant,sus aux " APELLIDOS ".
Salut et A +.

Antoine
Re: blason
24 March 2004, 22:38PM
S je comprend bien,nous voila dans une deuxieme serie du thème Blason.

Suite au texte d'experts cité en espagnol
Il s'agit là de l'étude historique de la naissance du blason
octroyé par le roi,à l'epoque médiévale, antre autre,mais surtout ,une mise en garde pour ceux qui croient que porter le meme nom que celui du blason lui donnerait des droits.
C'est bien plus conpliqué.IL faut produire des preuves,mais pour cela faut-il encore aller les chercher, alors là,le seul moyen c' est de s'immerger dans la généalogie.
Alors,bon courage.

Hola todos.

Todo lo que se ha dicho mas arriba,en espagnol ,es la pura verdad.
Lastima que el texto sea muy largo para traducir en frances.
Los escudos del apellido ARTERO son hermosos pero la sola cosa que nos queda es de investigar la genealogia y nada mas.
Anda , bamos en busca de nuestros apellidos.

Saludo y asta la otra.
Antonio Artero
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